CCOO Andalucía. Migraciones | 28 de marzo de 2024

Punto para personas migrantes

Centros de Acogida a Personas Refugiadas

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Los Centro de Acogida a Persona Refugiada (C.A.R) son un instrumento para garantizar la cobertura de las necesidades básicas y la integración de aquellas personas solicitantes o beneficiarias de Protección Internacional, del estatuto de apátrida y de Protección Temporal por ver amenazados sus derechos fundamentales en sus países de origen.

La “Carta de Servicios” constituye el compromiso público de seguir avanzando en el incremento de la calidad del sistema de acogida y acompañamiento en el proceso de integración social dirigido a las personas usuarias de los Centros de Acogida a Refugiados (CAR). El periodo de vigencia de esta Carta de Servicios será el comprendido entre el año 2014 y 2017 ambos inclusive

Relación de servicios que prestan los CAR

  • Alojamiento y manutención

  • Información y asesoramiento sobre su nueva situación

  • Orientación para su incorporación al sistema educativo, sanitario y social

  • Atención psicológica

  • Atención social especializada

  • Apoyo para el aprendizaje del idioma y de habilidades sociales básicas

  • Orientación e intermediación en formación profesional e inserción laboral

  • Actividades ocupacionales, de ocio y tiempo libre

  • Actividades de sensibilización y de divulgación de la actuación del CAR dirigidas a la sociedad de acogida

De forma complementaria a los servicios enumerados, los residentes de los CAR pueden recibir ayudas económicas con objeto de resolver las necesidades personales y familiares más perentorias y de desarrollo normal de la vida diaria, así como facilitarles los medios adecuados para procurar su mayor autonomía y su futura integración social (RD 865/2006, de 14 de julio, por el que se establecen las normas reguladoras de las subvenciones públicas a los beneficiarios de los CAR integrados en la Red de Centros de Migraciones del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales).

Requisitos y procedimientos de admisión en los CAR

  • Ser una persona extranjera

  • Presentar solicitud o ser persona beneficiaria de protección internacional en España, ser solicitante o persona beneficiaria del estatuto de apátrida o estar en proceso de acogimiento al régimen de protección temporal en España

  • Carecer de medios económicos para atender sus necesidades y las de su familia

  • No padecer enfermedad transmisible en fase activa o trastornos físicos o psíquicos graves que puedan alterar la normal convivencia en el Centro

  • Solicitar su ingreso y aceptar expresamente la normativa vigente por la que se rige el Centro

La duración de la estancia se extenderá a un máximo de seis meses

Presentación de quejas y sugerencias

Se podrá presentar quejas y sugerencias sobre el funcionamiento de los CAR:

  • De forma presencial, en el Formulario de Quejas y Sugerencias habilitado al efecto en los distintos Centros de Acogida

  • Mediante correo postal a la dirección de los Centros

  • Por medios electrónicos, a través de los formularios disponibles en la Sede Electrónica del Ministerio (http://www.mitramiss.gob.es/) o enviando correo electrónico a centrosdeacogida@meyss.es, siendo necesario en este caso el certificado digital o la firma electrónica del interesado

El respectivo CAR, en el plazo de 20 días hábiles siguientes a la presentación de la queja o sugerencia, informará al interesado o interesada de las actuaciones realizadas y, en su caso, de las medidas adoptadas.

Compromisos de calidad

  • Aplicar el protocolo de acogida que facilite la integración para la incorporación de las personas residentes a la vida diaria en el Centro, al 100% de las personas usuarias recién llegadas, garantizando que reciben información sistemática y adecuada en el momento de su ingreso relativa a los recursos humanos y materiales con que cuenta el Centro, a las actividades que realizan y a los objetivos de su estancia en el Centro

  • Atender el 90% de las dietas terapéuticas prescritas por facultativos de los Servicios Públicos de Salud en un plazo de 24 horas, y el 10% restante en un plazo que no supere en ningún caso las 48 horas

  • Facilitar información y apoyo para la tramitación del empadronamiento, y de la asistencia sanitaria de las personas usuarias, y, caso de existir menores en edad escolar, la escolarización, en el plazo de 7 días hábiles a partir del ingreso en el CAR, en el 80% de los casos, sin superar en ningún caso los 10 días hábiles para el 20% restante

  • Entregar documentación escrita a las personas usuarias sobre los recursos disponibles e información específica sobre el CAR, en los 5 primeros días hábiles desde su ingreso para el 80% de los casos y en los 10 primeros días hábiles desde su ingreso para el 20% restante

  • Informar sobre los recursos disponibles para el aprendizaje de la lengua española a las personas residentes no hispanohablantes y, en su caso, derivar al recurso disponible y adecuado a su nivel, en un plazo de 20 días hábiles desde su ingreso, en el 80% de los casos, sin superar en ningún caso los 30 días hábiles para el 20% restante

Medidas que faciliten el acceso, mejoren las condiciones de la prestación del servicio y aseguren la igualdad

En los CAR se aplican criterios que facilitan la atención al público, que se concretan en unas reglas de atención y un compromiso ético de actuación de su personal.

Reglas de atención al Público: El personal que presta servicios en los Centros de Acogida a Refugiados se identificará adecuadamente, utilizará un lenguaje comprensible, y tratará de resolver la cuestión planteada en el menor tiempo posible.

Compromiso ético de actuación: El personal asume como valores éticos del servicio público la integridad, la neutralidad, la imparcialidad, la transparencia en la gestión, la receptividad, la responsabilidad profesional y el servicio a los usuarios. Velará por que los usuarios sean tratados con la mayor consideración, con arreglo a los principios de máxima colaboración, confidencialidad, confianza, actuación eficiente y trato personalizado. Estos valores se extremarán en la atención a las personas que tengan algún tipo de discapacidad, o limitaciones de cualquier clase.

Igualdad de género: El CAR trabajará para analizar y corregir, en su caso, las actuaciones y conductas que dificulten el respeto al principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres.

Indicadores de seguimiento de los compromisos

  • Porcentaje de ingresos en el Centro a los que se aplica el protocolo de acogida

  • Porcentaje de dietas terapéuticas atendidas en 24 y 48 horas, contados a partir del día y la hora de la comunicación de la citada dieta a los responsables del CAR por parte de la personas usuaria

  • Porcentaje de personas usuarias a las que se informa y facilitan los trámites para el empadronamiento, la asistencia sanitaria y la escolarización de menores en 7 y 10 días hábiles desde su ingreso en el CAR

  • Porcentaje de carpetas informativas entregadas a las personas residentes en los 5 y 10 días hábiles desde su ingreso en el Centro

  • Porcentaje de residentes no hispanohablantes a quienes se les informa y, en su caso, se incorporan a las clases de español en 20 y 30 días hábiles desde su ingreso en el CAR

Sistemas normalizados de gestión de la calidad, medio ambiente y prevención de riesgos laborales

La Dirección General de Migraciones cuenta con un sistema de supervisión de los servicios prestados a través de los CAR, que tiene por objeto el conocimiento de los aspectos relevantes de gestión de los Centros.

Gestión de la calidad:

  • Elaboración y estudio de los informes de gestión emitidos por los Centros, donde se registran incidentes relevantes en relación al funcionamiento de los mismos

  • Seguimiento de los Centros mediante reuniones con los responsables de los mismos, análisis de dificultades de gestión, elaboración de criterios comunes y visitas periódicas a los Centros

  • Formación continua del personal

  • Evaluación de los compromisos asumidos en esta Carta

Cuentan, a su vez, con un Sistemas normalizados de gestión de medio ambiente y un Sistemas normalizados de gestión de Prevención de riesgos laborales

Medidas de subsanación en caso de incumplimiento de los compromisos declarados

En caso de incumplimiento de alguno de los compromisos declarados en esta Carta, la persona afectada podrá presentar reclamación ante la Unidad responsable que acusará recibo, en todo caso, de la reclamación formulada.

La persona titular de la DG de Migraciones, a la vista del informe emitido por la Dirección del Centro, y previas las aclaraciones de comprobación que resulten pertinentes, se dirigirá por escrito o por el medio alternativo al interesado o interesada, ofreciéndole una información detallada de las circunstancias que hubieran determinado el incumplimiento, de constatarse su existencia. Asimismo, informará a la persona reclamante de las medidas que, cuando correspondiera, se adopten para evitar en lo sucesivo la repetición de la deficiencia observada.

En ningún caso las reclamaciones por incumplimiento de los compromisos declarados en la carta darán lugar a responsabilidad patrimonial.

 

RECUERDE: el horario de atención al público de los CAR es de 9 a 14h de lunes a viernes

CAR SEVILLA: Plaza de la Acogida, nº 1 41020 Sevilla. Correo electrónico: car.sevilla@meyss.es Teléfono: 954 52 96 85 - 66

 

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