CCOO Andalucía. Migraciones | 16 de abril de 2024

Punto para personas migrantes

Inmigración

Autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta propia: REQUISITOS 

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Es una autorización de residencia temporal y trabajo a un extranjero no residente en España para la realización de una actividad lucrativa por cuenta propia.

  • No tener la ciudadanía de un Estado de la UE, del EEE o de Suiza, o ser familiar de ciudadanos o ciudadanas de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadanía de la Unión

  • No encontrarse irregularmente en territorio español

  • Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español

  • No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido

  • No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que la persona extranjera haya asumido al retornar voluntariamente a su país de origen

  • Cumplir los requisitos que la legislación vigente exige para la apertura y funcionamiento de la actividad proyectada

  • Poseer la cualificación profesional exigible o experiencia acreditada, suficiente en el ejercicio de la actividad profesional, así como en su caso la colegiación cuando así se requiera

  • Poder acreditar que la inversión prevista sea suficiente y la incidencia, en su caso, en la creación de empleo

  • Poder acreditar que cuenta con recursos económicos suficientes para su manutención y alojamiento, una vez deducidos los necesarios para el mantenimiento de la actividad

 

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