CCOO Andalucía. Migraciones | 20 de abril de 2024

Punto para personas migrantes

Inmigración

Renovación autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena: DOCUMENTACIÓN

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Impreso de solicitud en modelo oficial (EX–03) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por la empresa que contrata. DESCARGAR AQUÍ

Documentación general

  • Copia completa del pasaporte o título de viaje en vigor

  • En caso de tener a su cargo menores en edad de escolarización obligatoria, informe emitido por las autoridades competentes, autonómicas o estatales, o del centro educativo

  • Se podrá presentar para la valoración por la Oficina de Extranjería, informe de integración de la Comunidad Autónoma de su lugar de residencia, en el que conste la participación en acciones formativas y el conocimiento de las lenguas oficiales

Documentación según el supuesto por el que se solicita la renovación

  • Si se continúa con la relación laboral que dio origen a la concesión de la autorización que se va a renovar: No es preciso presentar ningún otro documento

  • Si se puede acreditar la realización de la actividad durante un mínimo de seis meses por año y:

    • Se ha suscrito un nuevo contrato de trabajo y figurar en situación de alta o asimilada en el momento de la solicitud: No es preciso presentar ningún otro documento

    • Dispone de un nuevo contrato de trabajo que garantice la actividad laboral del trabajador o trabajadora: Copia del nuevo contrato de trabajo

  • Si se puede acreditar la realización de la actividad durante un mínimo de tres meses por año:

    • Acreditación de que la relación laboral que dio origen a la autorización se interrumpió por causas ajenas al trabajador o la trabajadora

    • Acreditación de que el trabajador o trabajadora ha buscado activamente empleo

  • Si tiene otorgada prestación contributiva: Acreditación de la concesión de la prestación contributiva

  • Si la persona es beneficiaria de una prestación económica asistencial de carácter público destinada a lograr su inserción social o laboral: Acreditación de la concesión de la prestación asistencial

  • Si la relación laboral se suspendió o extinguió como consecuencia de ser víctima de violencia de género: Acreditación de ser víctima de violencia de género (entre otros, podrá presentar orden de protección o informe del Ministerio Fiscal); acreditación de que la relación laboral se suspendió o extinguió como consecuencia de ser víctima de violencia de género

  • Si se puede acreditar haber estado trabajando y en alta en la Seguridad Social durante un mínimo de 9 meses en un periodo de 12, o de 18 meses en un periodo de 24: Acreditación de que la relación laboral que dio origen a la autorización se interrumpió por causas ajenas al trabajador o trabajadora; acreditación de que la persona trabajadora ha buscado activamente empleo

  • Si el cónyuge o la pareja de hecho del trabajador o trabajadora dispone de los requisitos económicos suficientes para la reagrupación: Acreditación de la relación conyugal o de pareja de hecho y acreditación de los medios económicos

Nota importante: cuando se aporten documentos de otros países deberán estar traducidos al castellano o lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud. Por otro lado, todo documento público extranjero deberá ser previamente legalizado por la Oficina consular de España con jurisdicción en el país en el que se ha expedido dicho documento o, en su caso, por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación salvo en el caso en que dicho documento haya sido apostillado por la Autoridad competente del país emisor según el Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961 y salvo que dicho documento esté exento de legalización en virtud de Convenio Internacional.

 

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