CCOO Andalucía. Migraciones | 19 de abril de 2024

Punto para personas migrantes

Inmigración

Tarjeta de identidad de extranjería: OBLIGACIONES DE LA PERSONA TITULAR

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  • Deberán solicitar personalmente en el plazo de un mes desde su entrada en España o desde que la autorización sea concedida o cobre vigencia, respectivamente. Estarán exceptuados de dicha obligación los titulares de una autorización de residencia y trabajo de temporada

  • Están obligadas a llevar consigo dicho documento

  • El extravío, destrucción o inutilización, llevará consigo para la persona titular la obligación de pedir inmediatamente otro documento con la misma validez y vigencia que el extraviado, destruido o inutilizado

  • Vendrán obligadas, en el plazo de un mes, a poner personalmente en conocimiento de la Comisaría de Policía o de los servicios policiales en las Oficinas de Extranjeros, correspondientes al lugar donde residan, los cambios de nacionalidad y domicilio habitual, así como las modificaciones de las circunstancias familiares o de cualquier otro orden que afecten a los datos consignados en el expresado documento, salvo que sean requeridos para ello, supuesto en el que deberán comunicar dichas circunstancias dentro del plazo de quince días a contar desde el requerimiento. Aquellos extranjeros o extranjeras que gocen de la condición de refugiado o refugiada y se hallen domiciliados en Madrid deberán cumplimentar las obligaciones anteriores ante los servicios policiales de la Oficina de Asilo y Refugio en dicha ciudad

 

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