CCOO Andalucía. Migraciones | 19 de abril de 2024

Punto para personas migrantes

Inmigración

El retorno de atención social o humanitario

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Está dirigido a atender el estado de necesidad de las personas inmigrantes en situación de vulnerabilidad y exclusión debido al deterioro físico y a la carencia de apoyos sociales, familiares y medios económicos.

REQUISITOS

  • Ser inmigrante de origen extracomunitario

  • Estar en situación de vulnerabilidad social (deberá de demostrar su situación, mediante un informe social emitido por los Servicios Sociales del Ayuntamiento correspondiente a su domicilio, o por Cruz Roja Española)

  • No tener la Nacionalidad Española ni la doble Nacionalidad

  • Pertenecer a alguno de los siguientes colectivos:Haber residido en España durante al menos 6 meses, los cuáles deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud. (mediante la aportación del pasaporte, el certificado de empadronamiento o mediante cualquier documento entregado por las Administraciones Públicas o entidades especializadas en el trabajo con inmigrantes.)

    • Menores

    • Personas con discapacidad

    • Personas de edad avanzada

    • Mujeres embarazadas

    • Personas solas con hijos o hijas menores

    • Personas que hayan sido sometidas a torturas, violación u otras formas graves de violencia psicológica, física o sexual

  • Firmar una declaración en la que se afirma la voluntariedad de regresar a su país y no volver a España durante 3 años desde la salida, para realizar alguna actividad de carácter lucrativo o profesional, ya sea por cuenta ajena o propia

  • No tener prohibida la salida de España

SERVICIOS

  1. Informar y orientar a los inmigrantes de los trámites y documentos necesarios para regresar a su País

  2. Apoyo psicológico

  3. Pago de los billetes de vuelta a su País

  4. Entrega de un “dinero de bolsillo” que consiste en 50 euros por persona con un máximo de 400 euros por unidad familiar, destinados a la manutención durante el viaje

  5. Ayuda económica de 400 euros por persona hasta un máximo de 1.600 euros por unidad familiar, como ayuda para la primera instalación en el País de origen

  6. En el caso de que el o la inmigrante tenga que utilizar algún medio de transporte, se le abonará una ayuda de 100 euros por persona hasta un máximo de 600 euros por unidad familiar

  7. Pago de los medicamentos

 

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