CCOO Andalucía. Migraciones | 19 de abril de 2024

Punto para personas migrantes

Inmigración

Renovación autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena: PROCEDIMIENTO

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Sujeto legitimado

El trabajador o trabajadora personalmente o mediante representación.

Lugar de presentación

Cualquier registro público y dirigido a la Oficina de Extranjería correspondiente a la provincia en la que resida el trabajador o trabajadora.

Plazo de solicitud

Durante los 60 días naturales previos a la fecha de expiración de la autorización. También se puede solicitar dentro de los 90 días naturales posteriores a la fecha en que hubiera finalizado la vigencia de la autorización, sin perjuicio de la posibilidad de que sea incoado el correspondiente procedimiento sancionador.

La presentación de la solicitud en plazo prorroga la validez de la autorización anterior hasta la resolución del procedimiento.

Las tasas de residencia y trabajo

Se devengarán en el momento de admisión a trámite de la solicitud, y deberán abonarse en el plazo de diez días hábiles.

  • Modelo 790 código 052, epígrafe 2.2 renovación de autorización de residencia temporal: 15,76€

  • Modelo 790 código 062, epígrafe 2.1 renovación o modificación de una autorización de trabajo tramitada en un procedimiento de autorización de residencia temporal y trabajo: 78,36 €

    • Retribución igual o superior a 2 veces el SMI.: epígrafe 1.6 por cuenta ajena con autorización de residencia: 391,79€

Plazo de resolución de la solicitud

3 meses contados a partir del día siguiente a la fecha en que haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación (la solicitud se entiende desestimada por silencio administrativo)

Vigencia

La vigencia de la renovación autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena es por dos años

solicitud de Renovación

  • La renovación de la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena permite el ejercicio de cualquier ocupación en cualquier parte del territorio nacional

  • El trabajador o trabajadora dispone de un mes desde la notificación, para solicitar personalmente la Tarjeta de Identidad de Identidad de Extranjero el en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía en la de la provincia donde se haya tramitado la autorización

  • La persona solicitante exhibirá en el momento del trámite de huella su pasaporte o título de viaje y aportará:

    • Solicitud de Tarjeta de Identidad de Extranjero, en modelo oficial (EX-17)

    • Justificante del abono de la tasa de la tarjeta que asciende a 18,54 euros

    • Tres fotografías recientes en color, en fondo blanco, tamaño carné

 

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